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Decreto Supremo 4907

5 de Abril, 2023

Vigente

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LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:


ARTÍCULO 1.- (OBJETO).

Con la finalidad de transparentar la información e identificar a los tenedores de acciones al portador, el presente Decreto Supremo tiene por objeto disponer que las sociedades comerciales que cuenten con acciones al portador, remitan información a la Autoridad de Fiscalización de Empresas - AEMP.

ARTÍCULO 2.- (ÁMBITO DE APLICACIÓN).

Se encuentran dentro del ámbito de aplicación del presente Decreto Supremo:

a)

Las sociedades anónimas que cuentan con acciones al portador;

b)

Las sociedades en comandita por acciones que cuenten con acciones al portador.

ARTÍCULO 3.- (INFORMACIÓN).

I.

Las sociedades comerciales establecidas en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo, deben:

a)

Proporcionar información a la AEMP que identifique a los tenedores de acciones al portador;

b)

Informar a la AEMP cuando exista un cambio del tenedor de las acciones al portador, reportando la identificación del nuevo tenedor.

II.

Esta información tendrá carácter confidencial y valor de declaración jurada, permanecerá en resguardo y custodia de la AEMP, su divulgación será a requerimiento expreso emitido por la autoridad competente.

ARTÍCULO 4.- (INCUMPLIMIENTO).

El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo será objeto de sanción por parte de la AEMP, en el marco de la Ley N° 685, de 11 de mayo de 2015, de Cierre del Proceso de Reestructuración y Liquidación Voluntaria de Empresas y de Atribuciones de la Autoridad de Fiscalización de Empresas - AEMP.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.-

En un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, la AEMP aprobará mediante Resolución Administrativa el reglamento a la presente norma.

DISPOSICIONES FINALES

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.-

Se encuentran excluidas de la aplicación del presente Decreto Supremo, las sociedades comerciales que cuenten con acciones al portador y las conviertan en acciones nominativas.