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Decreto Supremo 4420

16 de Diciembre, 2020

Vigente

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LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:


ARTÍCULO 1.- (OBJETO).

El presente Decreto Supremo tiene por objeto ampliar la vigencia del Carnet de Discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2021 para las Personas con Discapacidad, con grado de discapacidad moderada, grave y muy grave, para el ejercicio de sus derechos y obligaciones.

ARTÍCULO 2.- (AMPLIACIÓN DE VIGENCIA).

I.

Para el ejercicio de los derechos y obligaciones de las Personas con Discapacidad, con grado de discapacidad moderada, grave y muy grave registradas en el Sistema de Información del Programa de Registro Único Nacional de Personas con Discapacidad – SIPRUN.PCD, del Ministerio de Salud y Deportes, se amplía la vigencia del Carnet de Discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2021, de acuerdo al siguiente detalle:

a)

Carnet de Discapacidad vencido desde el 1° de octubre de 2019 hasta la fecha de publicación del presente Decreto Supremo;

b)

Carnet de Discapacidad que vencerá desde la fecha de publicación del presente Decreto Supremo hasta el 31 de diciembre de 2021.

II.

Las instituciones públicas y privadas que entre sus requisitos solicitan la presentación del Carnet de Discapacidad, deben dar cumplimiento a lo dispuesto en el Parágrafo precedente.

DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS

DISPOSICIONES ABROGATORIAS.-

Se abroga el Decreto Supremo N° 4288, de 15 de julio de 2020.