Ley 1329
10 de Septiembre, 2020
Vigente
Versión original
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL
DECRETA:
ARTI?CULO U?NICO.
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I. |
De conformidad con el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Financiamiento para el Crédito N° 6516-BO y el Crédito N° 6517-BO, destinados a financiar el “Proyecto de Resiliencia Urbana en Bolivia”, suscrito en fecha 5 de marzo de 2020, entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento – AIF del Banco Mundial, por un monto de hasta $us20.000.000.- (Veinte Millones 00/100 de Dólares Estadounidenses) para el Crédito N° 6516-BO, y $us50.000.000.- (Cincuenta Millones 00/100 de Dólares Estadounidenses) para el Crédito N° 6517-BO. |
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II. |
Se autoriza al Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, en el marco de sus competencias, asumir el repago de las obligaciones, como el servicio de la deuda, que sean contraídas en la ejecución del Convenio de Financiamiento para el Crédito N° 6516-BO, aprobado por la presente Ley. |
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III. |
Se autoriza al Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en el marco de sus competencias, asumir el repago de las obligaciones, como el servicio de la deuda, que sean contraídas en la ejecución del Convenio de Financiamiento para el Crédito N° 6517-BO, aprobado por la presente Ley. |