Decreto Supremo 4203
31 de Marzo, 2020
Vigente
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JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
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I. |
En el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria y cuarentena total contra el contagio y propagación del Coronavirus (COVID-19) y por razones de fuerza mayor, el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural mediante Resolución Ministerial establecerá nuevos plazos para que las empresas comerciales, inscritas en el Registro de Comercio, cumplan con sus deberes y obligaciones comerciales y registrales en el marco del Código de Comercio. |
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II. |
El establecimiento de plazos será aplicable para aquellas empresas comerciales que cerraron su ejercicio económico el 31 de diciembre de 2019. |