Ley 1270
20 de Enero, 2020
Vigente
Versión original
JEANINE AÑEZ CHAVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
La presente Ley tiene por objeto excepcionalmente prorrogar el período de mandato constitucional de la Presidenta del Estado Plurinacional, las y los Asambleístas de la Asamblea Legislativa Plurinacional y las Autoridades Electas de las Entidades Territoriales Autónomas, para restablecer la normalidad constitucional.
ARTÍCULO 2. (MARCO NORMATIVO).
Esta Ley se fundamenta en los Artículos 1, 7, 9, 11, 12, 156, 168, 272, Parágrafo II del 285, 288, Parágrafo IV de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Política del Estado, y la Ley N° 1266 de 28 de noviembre de 2019, de Régimen Excepcional y Transitorio para la realización de Elecciones Generales.
ARTÍCULO 3. (ÁMBITO DE APLICACIÓN).
La presente Ley será de aplicación obligatoria para la Presidencia del Estado Plurinacional, las y los Asambleístas de la Asamblea Legislativa Plurinacional y las Autoridades Electas de las Entidades Territoriales Autónomas.
ARTÍCULO 4. (PRÓRROGA EXCEPCIONAL DEL MANDATO DE AUTORIDADES).
Excepcionalmente se prorroga el mandato de la Presidenta del Estado Plurinacional, las y los Asambleístas de la Asamblea Legislativa Plurinacional y las Autoridades Electas de las Entidades Territoriales Autónomas elegidas para el periodo 2015-2020 hasta la posesión de las nuevas autoridades para el periodo 2020-2025.