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Resolución Ministerial MH 2018 162-18

19 de Diciembre, 2018

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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 162-18
La Paz, 19 de diciembre de 2018

POR TANTO:

El Ministro de Hidrocarburos en ejercicio de sus atribuciones conferidas por ley y demás disposiciones conexas;

RESUELVE:


ARTÍCULO PRIMERO.-

Aprobar el @nor:7049:{reglamento de las Unidades de Seguimiento y Control (USC) para las Operaciones petroleras} en sus cuatro (4) Capítulos, veintiún (21) Artículos, que en Anexo forma parte integrante e indivisible de la presente Resolución Ministerial.

ARTÍCULO SEGUNDO.-

Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB queda encargado de la difusión del Reglamento de las Unidades de Seguimiento y Control (USC) para las Operaciones Petroleras.

ARTÍCULO TERCERO.-

La Dirección general e Asuntos Jurídicos del Ministerio de Hidrocarburos que encargada de la notificación de la presente Resolución Ministerial a YPFB y a los Titulares de los contratos de operación.

DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS

DISPOSICIÓN ABROGATORIA ÚNICA.-

Se abroga la Resolución Ministerial N° 130/2009 de fecha 16 de junio de 2009.

 

Regístrese, comuníquese y archívese.

 

Fdo. Luis Alberto Sánchez Fernandez MINISTRO DE HIDROCARBUROS.

ANEXO

REGLAMENTO UNIDADES DE SEGUIMIENTO Y CONTROL PARA LAS OPERACIONES PETROLERAS

Pulse para ver el Reglamento de las Unidades de Seguimiento y Control USC para las Operaciones Petroleras, aprobado por RM 162 -18 de 19/12/2018