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Decreto Supremo 3853

3 de Abril, 2019

Vigente

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:


ARTÍCULO 1.- (OBJETO).

El presente Decreto Supremo tiene por objeto aprobar el Reglamento que Regula la Suscripción de Contratos Cooperativos Mineros nuevos y por adecuación en áreas de la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL.

ARTÍCULO 2.- (APROBACIÓN).

Se aprueba el Reglamento que Regula la Suscripción de Contratos Cooperativos Mineros , nuevos y por adecuación, en áreas nacionalizadas y no nacionalizadas de la COMIBOL, que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo; de conformidad a la Disposición Transitoria Primera de la @nor:6935:{Ley N° 1140, de 21 de diciembre de 2018.

 

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Minería y Metalurgia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera.

REGLAMENTO QUE REGULA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS MINEROS

Pulse para ver el Reglamento que Regula la Suscripción de Contratos Cooperativos Mineros 

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