Ley 1145
30 de Enero, 2019
Vigente
Versión original
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I. |
De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo N° 4643/BL-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el banco Interamericano de Desarrollo – BID, en fecha 17 de diciembre de 2018, por un monto de hasta $us26.000.000.- (Veintiséis Millones 00/100 Dólares estadounidenses), destinados a financiar la ejecución del “Programa de Gestión Turística del Patrimonio Cultural”. |
II. |
Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, asumir el repago de las obligaciones, así como el servicio de la deuda, que sean contraídas en la ejecución del Contrato de Préstamo N° 4643/BL-BO, aprobado por la presente Ley. |