Ley 1148
18 de Febrero, 2019
Vigente
Versión original
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I. |
De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo N° 4612/BL-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, en fecha 21 de diciembre de 2018, por un monto de hasta $us275.000.000.- (Doscientos Setenta y Cinco Millones 00/100 Dólares Estadounidenses), destinados a financiar la ejecución del “Programa de Mejora de la Accesibilidad a los Servicios de Salud Materna y Neonatal en Bolivia”. |
II. |
Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, asumir el repago de las obligaciones, así como el servicio de la deuda, que sean contraídas en la ejecución del Contrato de Préstamo N° 4612/BL-BO, aprobado por la presente Ley. |