Ley 4015
2 de Abril, 2009
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:Artículo 1.
Se declara el 12 de julio día de homenaje nacional a la Heroína Juana Azurduy de Padilla, en reconocimiento a su abnegada y sacrificada lucha por la independencia. El acto de conmemoración se realizara todos los anos en la Casa de la Libertad.
Artículo 2.
Cada año en esta fecha 12 de julio, en conmemoración de su natalicio, todos los establecimientos educativos del País le rendirán homenaje en actos especiales, conmemorando su rol en la historia de Bolivia.
Artículo 3.
Se crea la Condecoración "Juana Azurduy de Padilla", que se concederá anualmente en fecha 12 de julio, en acto especial y otorgada por la Honorable Cámara de Diputados, a mujeres que se hubieran destacado por su aporte al desarrollo de Bolivia y a la democracia estableciéndose los requisitos y condiciones mediante Resolución Camaral expresa.
Artículo 4.
Como homenaje póstumo se determina que la Casa de la Libertad de Sucre coloque los restos mortales de la Heroína Juana Azurduy y de su esposo Manuel Ascensio Padilla en una Sala especial que llevara su nombre.