Ley 1068
28 de Mayo, 2018
Vigente
Versión original
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
La presente Ley tiene por objeto modificar la Ley N° 879 de 23 de diciembre de 2016, de la Comisión de la Verdad.
ARTÍCULO 2. (MODIFICACIONES).
I. |
Se modifica el numeral 3 del Parágrafo I del Artículo 4 de la Ley N° 879 de 23 de diciembre de 2016, de la Comisión de la Verdad, con el siguiente texto:
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II. |
Se modifica el Artículo 14 de la Ley N° 879 de 23 de diciembre de 2016, de la Comisión de la Verdad, con el siguiente texto: "Artículo 14. (VIGENCIA DE LA COMISIÓN). La Comisión de la Verdad tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses [dos (2) años]. Su plazo podrá ser ampliado por un máximo de doce (12) meses de manera extraordinaria, mediante Decreto Supremo." |
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III. |
Se modifica el Artículo 15 de la Ley N° 879 de 23 de diciembre de 2016, de la Comisión de la Verdad, con el siguiente texto: "Artículo 15. (FINANCIAMIENTO). Los gastos para su funcionamiento serán financiados de la siguiente manera:
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DISPOSICIÓN ABROGATORIA Y DEROGATORIA
ÚNICA.
Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.