Ley 1041
4 de Abril, 2018
Vigente
Versión original
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I. |
De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Acuerdo de Préstamo Nº 13068P, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Fondo OPEC para el Desarrollo Internacional - OFID, en fecha 8 de febrero de 2018, por un monto de hasta $us3.0.000.000.- (Treinta Millones 00/100 Dólares Estadounidenses), para cofinanciar el "Proyecto Construcción de la Carretera Santa Cruz - Las Cruces - Buena Vista". |
II. |
Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación - TGN, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del Acuerdo de Préstamo Nº 13068P, aprobado por la presente Ley. |