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Código de Comercio

Decreto Ley 14379

25 de Febrero, 1977

Vigente

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GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

RESUELVE:
Art. 1º.-
Apruébase y promúlgase como Ley de la República el Código de Comercio en su Título Preliminar y sus Cuatro Libros con 1.693 artículos y cinco disposiciones transitorias, en sustitución del texto promulgado mediante Decreto Supremo Nº 10426 de 23 de agosto de 1972.
Art. 2º.-
El Código de Comercio entrará en vigencia en todo el territorio de la República a partir del 6 de agosto del presente año.
Art. 3º.-
Encomiéndase al Ministerio de Finanzas el estudio y conclusión de los siguientes proyectos: Ley de Bancos y otras entidades financieras; Ley de Entidades Aseguradoras; Ley Orgánica de la Comisión Nacional de Valores y el Reglamento de la Oferta Pública. Al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo: el estudio y elaboración de los Proyectos de Reglamento del Registro de Comercio y de la Dirección de Sociedades por Acciones estableciendo su organización interna, funcionamiento, atribuciones y responsabilidades. Estos Proyectos serán presentados con la debida anticipación a la vigencia del Código de Comercio.
Art. 4º.-
Abrógase el Código Mercantil de 13 de noviembre de 1834, sus Leyes complementarias y modificatorias, derogándose todas las disposiciones contrarias al presente Código.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia, Finanzas e Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de febrero de mil novecientos setenta y siete años.

(Fdo). Gral HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Jaime Niño de Guzmán, Julio Trigo Ramírez, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Alfonso Villalpando A., Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Guido Vildoso Calderón, Santiago Maesse Roca.


CODIGO DE COMERCIO

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