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Ley 863

12 de Diciembre, 2016

Vigente

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:


Artículo Único.

I.

De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo N° 3730/BL-BO y 3731/OC-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, en fecha 27 de octubre de 2016, por un monto de hasta $us77.330.000,00.- (Setenta y Siete Millones Trescientos Treinta Mil 00/100 Dólares Estadounidenses), destinados a contribuir a la financiación y ejecución del "Programa de Saneamiento del Lago Titicaca".

II.

Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del Contrato de Préstamo N° 3730/BL-BO y 3731/OC-BO, aprobado por la presente Ley.