Ley 841
6 de Octubre, 2016
Vigente
Versión original
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.
De conformidad con los numerales 8 y 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Acuerdo Marco Concerniente a los Créditos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Económico, para los años 2015 al 2019, entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el Gobierno de la República de Corea, suscrito el 27 de marzo de 2015, en la ciudad de Busan, República de Corea.