Decreto Supremo 2861
3 de Agosto, 2016
Vigente
Versión original
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Artículo 3 del Decreto Supremo N° 27150, de 3 de septiembre, de 2003, con el siguiente texto:
"ARTÍCULO 3.- (MODIFICACIONES). La Lista de Exoneración y Extensión de Visas, podrá ser modificada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud a la suscripción de instrumentos internacionales de carácter bilateral y/o. multilateral en la materia, a través de Resolución Ministerial que será comunicada oportunamente a la Dirección General de Migración del Ministerio de Gobierno y las Oficinas Consulares para su aplicación."
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.-
De manera excepcional el presente Decreto Supremo, modifica la Lista de Exoneración y Extensión de Visas aprobada por Decreto Supremo N° 27150, modificado por los Decretos Supremos N° 28997, de 1 de enero de 2007 y N° 2097, de 27 de agosto de 2014, con el siguiente texto:
Se transfiere del Grupo II al Grupo la:
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Federación de Rusia |