Ley 665
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.
Se amplía el plazo previsto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley N° 351 de 19 de marzo de 2013, de Otorgación de Personalidades Jurídicas, estableciéndose un plazo adicional de cinco (5) años a partir de la publicación de la presente Ley, para que las asociaciones religiosas con personalidad jurídica legalmente reconocidas, puedan realizar el trámite de homologación ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.