Ley 626
13 de Enero, 2015
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:MODIFICACIÓN DE LA LEY N° 522 DE 28 DE ABRIL DE 2014, LEY DE ELECCIÓN DIRECTA DE REPRESENTANTES ANTE ORGANISMOS PARLAMENTARIOS SUPRAESTATALES
Artículo 1.
Se modifica el inciso d) del Artículo 22 de la Ley N° 522 de 28 de abril de 2014, "Ley de Elección Directa de Representantes ante Organismos Parlamentarios Supraestatales", con el siguiente texto:
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Artículo 2.
Para el cumplimiento de la presente Ley, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación - TGN, asignar recursos de acuerdo a disponibilidad financiera, y a las Cámaras de Senadores y Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional, realizar las modificaciones presupuestarias necesarias, incluido el grupo de gasto 10000 "Servicios Personales".