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Ley 591

30 de Octubre, 2014

Abrogada

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ALVARO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:
ARTÍCULO 1.
Se declara Patrimonio Cultural del Estado Plurinacional de Bolivia, al "Singani Boliviano", como producto originario, legítimo y exclusivo de la producción de los valles de los departamentos de Tarija, Chuquisaca, La Paz, Cochabamba, Potosí y Santa Cruz.
ARTÍCULO 2.
El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Culturas y Turismo, en coordinación con las Entidades Territoriales Autónomas de los departamentos de Tarija, Chuquisaca, La Paz, Cochabamba, Potosí y Santa Cruz, en el marco de sus competencias, quedan encargados de formular y ejecutar políticas de industrialización, protección, recuperación y conservación de los salieres y conocimientos utilizados en la elaboración del "Singani Boliviano”.
ARTÍCULO 3.
El Ministerio de Culturas y Turismo, queda encargado del registro, catalogación y emisión del certificado de Patrimonio Cultural del Estado Plurinacional de Bolivia, al "Singani Boliviano".