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Circular ASFI 2014 267

23 de Septiembre, 2014

Vigente

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CIRCULAR ASFI/2672014
La Paz, 23 SET. 2014

Señores

Presente.

REF: MODIFICACIONES AL REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE FIRMAS DE AUDITORÍA EXTERNA

Señores:

Para su aplicación y estricto cumplimiento, se adjunta a la presente la Resolución que aprueba y pone en vigencia las modificaciones al REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE FIRMAS DE AUDITORÍA EXTERNA, las cuales consideran los siguientes aspectos:

1. Se modifica la denominación del reglamento de "Reglamento para el Registro de Firmas do Auditoría Externa" a "Reglamento para el Registro de Firmas de Auditoría Externa Autorizadas".

2. Sección 1: Aspectos Generales

2.1 Artículo 1° "Objeto", se modifica la denominación del Reglamento de "Registro de Firmas de Auditoría Externa para Entidades de Intermediación Financiera y Empresas de Servicios Auxiliares Financieros" a "Registro de Firmas de Auditoría Externa Autorizadas", en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 33 de la Ley N° 393 de Servicios Financieros.

2.2 Artículo 2° "Ámbito de Aplicación", se aclara que se encuentran sujetas a lo dispuesto en este Reglamento, las Firmas de Auditoría que soliciten su incorporación en el "Registro de Firmas de Auditoría Externa Autorizadas" de ASFI, así como las que se encuentran inscritas en el citado Registro.

2.3 Artículo 3° "Definiciones", se incorporan las definiciones de especialista, entidades supervisadas, equipo responsable del trabajo de auditoria, socio, socio responsable, servicios financieros complementarios y trabajos de auditoría.

3. Sección 2: Registro de Firmas de Auditoria Externa Autorizadas

3.1 Artículo 1° "Registro de Firmas de Auditoría Externa", se incorpora en el nomen juris la palabra "autorizadas", se actualiza la referencia normativa a los Artículos 33 y 484 de la Ley N° 393 de Servicios Financieros (LSF) y la denominación del registro. Asimismo, se actualizan los tipos de entidades a aquellos citados en el Artículo 151 de la LSF, precisando que alcanza a Casas de Cambio con personería jurídica y se elimina de la Categoría 3 a los Buros de Información e Instituciones Financieras de Desarrollo.

3.2 Artículo 2° "Información y documentación requerida", se detallan los anexos en los cuales se describen la información requerida para la inscripción de las Firmas de Auditoria en el registro, correspondiendo los mismos a: Anexo 2 "Información y Documentación requerida a la Firma de Auditoría", Anexo 3 "Información y Documentación requerida a los Socios y Socios Responsables" y Anexo 4 "Información y Documentación requerida al Equipo Responsable".

3.3 Artículo 3° "Evaluación", se modifica el nomen juris a “Revisión de la documentación", se actualiza la denominación del registro de firmas y se precisa que en caso de existir observaciones que incurran en las causales de rechazo contenidas en el Artículo 7° de esta Sección, la Firma de Auditoría no se habilitará para la Audiencia de Evaluación.

3.4 Artículo 4° "Audiencia de Presentación", se modifica el nomen juris a “Audiencia de Evaluación", se actualiza la referencia a los anexos del reglamento y se especifica que a la Audiencia de Evaluación deben asistir los socios responsables y miembros del equipo responsable del trabajo de auditoría, para ser evaluados técnicamente por servidores públicos de ASFI.

3.5 Artículo 5° "Aprobación de la solicitud", se actualiza la referencia a los anexos del reglamento y se especifica que el cómputo de plazos es en días hábiles administrativos.

3.6 Artículo 6° "Rechazo de la solicitud", se actualiza la denominación del registro de firmas y se incorpora como causal de rechazo la falta de regularización de las observaciones efectuadas por ASFI.

3.7 Artículo 7° "Causales para el rechazo de la solicitud", se realizan precisiones en la redacción de las causales de rechazo, asimismo, en el marco de la LSF, se incorporan nuevas.

3.8 Artículo 8° "Exclusión voluntaria del Registro", se incorpora este Artículo, el cual detalla los requisitos para la exclusión voluntaria del registro de Firmas de Auditoría.

3.9 Artículo 9° "Causales para la exclusión de Registro", antes Artículo 8° "Retiro de Registro", se modifica el nomen juris, incluyendo las causales de exclusión señaladas en el Artículo 51 de la LSF.

3.10 Artículo 10° "Resolución de exclusión del Registro", se incorpora este Artículo, estableciendo que sólo en caso de no realizar trabajos de auditoría por tres años consecutivos, la Firma de Auditoría podrá incorporarse nuevamente al Registro, siempre y cuando inicie un nuevo proceso y se someta a una nueva evaluación a efecto de determinar su incorporación.

3.11 Artículo 11° "Prohibición temporal para realizar trabajos de auditoría", antes Artículo 9° "Suspensión Temporal del Registro", se precisa el nomen juris, así como ¡a referencia de "suspensión temporal" a "prohibición temporal", en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 41 "De las sanciones administrativas" de la LSF.

3.12 Artículo 12° "Reclasificación automática en el Registro", antes Artículo 10° ''Reclasificación automática en el Registro de Firmas de Auditoría Externa", se precisa el nomen juris y se establece que se procederá a la reclasificación automática a una categoría de menor mercado, cuando no se mantengan los requisitos tipificados en los Anexos 2, 3 y 4.

3.13 Artículo 11° y 12°, son renumerados como Artículos 13° y 14°, actualizando la referencia a los anexos del reglamento.

3.14 Artículo 15° "Obligaciones de la firma de Auditoría", se modifica el nomen juris, así como los plazos para la remisión a ASFI de información y/o documentación y se establece un formato para el envío de la relación de trabajos.

4. Sección 3: Otras Disposiciones

Se modifica lo dispuesto en el Artículo 16° "Sanciones", de la Sección 2, incorporándolo en esta Sección como Artículo Único para hacer referencia al "Régimen de Sanciones", conforme al formato establecido en los Reglamentos contenidos en la Recopilación de Normas para Servicios Financieros.

5. Sección 4: Disposiciones Transitorias

Se incorpora esta sección con las siguientes disposiciones transitorias:

5.1 Artículo 1° "Plazo de adecuación", se establecen lineamientos sobre los contratos suscritos por los Bancos Múltiples o PYME (antes Fondos Financieros Privados) con Firmas de Auditoría de la Categoría 2.

5.2 Artículo 2° "Contratación de especialistas", se establece el plazo hasta 28 de noviembre de 2014, para la contratación de especialistas en auditoría de sistemas informáticos y/o tributos, a efectos de que las Firmas de Auditoría se mantengan registradas en sus Categorías.

5.3 Artículo 3° "Actualización del Registro", se establece el plazo hasta 12 de diciembre de 2014, para la remisión a ASFI de la nómina de los socios, socios responsables y miembros del equipo del trabajo de auditoría.

5.4 Artículo 4° ''Resolución de Registro", se establece el plazo hasta 12 de diciembre de 2014, para que las Firmas de Auditoría soliciten a ASFI la actualización de su Resolución de registro, la cual consignará la Categoría, así como el tipo de entidades a las cuales pueden prestar sus servicios.

6. Anexos del Reglamento para el Registro de Firmas de Auditoría Externa

6.1 Anexo 1 "Descripción de Cargos", se incorpora este Anexo, el cual detalla la descripción de cargos del personal de la Firma de Auditoría,

6.2 Anexo 1: "Información y documentación requerida", este anterior Anexo, divide su contenido en:

- Anexo 2 "Información y Documentación requerida a la Firma de Auditoria"

- Anexo 3 "Información y Documentación requerida a los Socios y Socios Responsables"

- Anexo 4 "Información y Documentación requerida al Equipo Responsable".

6.3 Anexo 5 "Curriculum vitae", antes Anexo 2 "Curriculum vitae", estableciendo un formato de reporte de esta información.

6.4 Anexo 6 "Declaración individual", antes Anexo 3 "Declaración individual", se actualiza la referencia normativa a lo dispuesto en el Artículo 153 de la Ley N° 393 de Servicios Financieros.

6.5 Anexo 7 "Relación de Trabajos", define un formato de envío de información.

Atentamente.

Lenny T. Valdivia Bautista
DIRECTORA EJECUTIVA a.i.
Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero

ENLACES RELACIONADOS

RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS

Resolución ASFI/678/2014 de 23/09/2014

RECOPILACION DE NORMAS PARA SERVICIOS FINANCIEROS

Libro VI - Título I (Auditoría Externa)

Anexos Libro VI - Título I (Auditoría Externa)