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Decreto Supremo 2017

28 de Mayo, 2014

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ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo N° 0832, de 30 de marzo de 2011, que regula la estructura y funcionamiento del Observatorio Plurinacional de la Calidad Educativa - OPCE.
ARTÍCULO 2.- (MODIFICACIONES).
I. Se modifica el Artículo 8 del Decreto Supremo N° 0832, de 30 de marzo de 2011, con el siguiente texto:

ARTÍCULO 8.- (ATRIBUCIONES DEL DIRECTORIO). El Directorio del OPCE, tiene las siguientes atribuciones:

a) Definir las estrategias y lineamientos sobre los procesos de seguimiento, medición, evaluación y acreditación de la calidad educativa, en el marco de las políticas del Sistema Educativo Plurinacional, así como supervisar su cumplimiento;

b) Aprobar el Plan Estratégico Institucional, Programa de Operaciones Anual y el Presupuesto de la institución, elaborados en el marco de las políticas, estrategias y los lineamientos establecidos;

c) Aprobar la Estructura Organizativa de la institución;

d) Evaluar el desempeño de la Directora o Director Ejecutivo del OPCE;

e) Conocer los informes de Auditoría Interna;

f) Definir los asuntos de su competencia, mediante Resoluciones de Directorio;

g) Aprobar los informes de viaje al interior o exterior del país de la Directora o Director Ejecutivo del OPCE;

h) Tratar otros temas relacionados con el cumplimiento de sus atribuciones."

II. Se modifica el Artículo 9 del Decreto Supremo N° 0832, de 30 de marzo de 2011, con el siguiente texto:

"ARTÍCULO 9.- (DIRECCIÓN EJECUTIVA).

I. El OPCE estará a cargo de una Directora o Director Ejecutivo, quién será la máxima autoridad ejecutiva y será designado mediante Resolución Suprema de una terna propuesta por la Ministra o Ministro de Educación.

II. El periodo de funciones de la Directora o Director Ejecutivo será de hasta tres (3) años, a partir de su designación mediante Resolución Suprema."

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.-
A partir de la publicación del presente Decreto Supremo, se procederá a la nueva designación de la Directora o Director Ejecutivo mediante Resolución Suprema.

DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS

DISPOSICIONES DEROGATORIAS.-
Se deroga el inciso b) del Artículo 10 del Decreto Supremo N° 0832, de 30 de marzo de 2011.

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