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Ley 515

3 de Abril, 2014

Vigente

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA :
Artículo Único.
I. De conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I numeral 10, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo BOL-21/2014, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata - FONPLATA, en fecha 14 de febrero de 2014, por un monto de US.753.571.- (Treinta y Cuatro Millones Setecientos Cincuenta y Tres Mil Quinientos Setenta y Uno 00/100 Dólares Estadounidenses), destinados al financiamiento del "Proyecto Doble Vía Montero - Cristal Mayu, Tramo Ivirgarzama - Puente Mariposas".

II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del mencionado Contrato de Préstamo aprobado por la presente Ley.