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Circular ASFI 2013 209

9 de Diciembre, 2013

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CIRCULAR ASFI/209/2013
La Paz, 09 DIC. 2013

Señores

Presente.

REF: MODIFICACIONES AL REGLAMENTO PARA LA CONSTITUCIÓN DE CÁMARAS DE COMPENSACIÓN

Señores:

Para su aplicación y estricto cumplimiento, se adjunta a la presente la Resolución que aprueba y pone en vigencia las modificaciones al REGLAMENTO SOBRE DEPÓSITOS A PLAZO FIJO, las cuales consideran principalmente los siguientes aspectos:

Para su aplicación y estricto cumplimiento, se adjunta a la presente la Resolución que aprueba y pone en vigencia las modificaciones al REGLAMENTO PARA LA CONSTITUCIÓN DE CÁMARAS DE COMPENSACIÓN, las cuales consideran principalmente la adecuación a las disposiciones de la Ley Nº 393 de Servicios Financieros (LSF) de 21 de agosto de 2013.

Reglamento para Cámaras de Compensación y Liquidación:

Los cambios incorporados son los siguientes:

1. Se realizaron precisiones en el nombre del Reglamento, según la nueva denominación establecida en la LSF para las Cámaras de Compensación y Liquidación.

Asimismo, se reemplazó la denominación de Cámaras de Compensación y Liquidación constituidas como Empresas de Servicios Financieros Complementarios en el contenido del Reglamento y sus respectivos anexos.

2. Se actualizaron las referencias relativas a la Ley Nº 393 de Servicios Financieros (LSF), en sustitución de las relacionadas a la Ley N° 1488 para Bancos y Entidades Financieras (LBEF).

3. Se reestructuró e) Reglamento a fin de compatibilizar las Secciones con otros Reglamentos de constitución de entidades financieras, contenidos en la Recopilación de Normas para Servicios Financieros.

Con este propósito, los Artículos que contenía la anterior Sección 1 "Constitución y Licencia de Funcionamiento", fueron trasladados a las nuevas Secciones de "Aspectos Generales" y "Constitución".

Las Secciones que componen el Reglamento son las siguientes:

a) Sección 1: Aspectos Generales, detalla el objeto y el ámbito de aplicación del Reglamento en concordancia con el Articulo 340 de la LSF.

b) Sección 2: Constitución, determina el procedimiento para la obtención de la autorización de constitución y la obtención de Licencia de Funcionamiento para una nueva Cámara de Compensación y Liquidación.

c) Sección 3: Otras Disposiciones, establece la responsabilidad sobre el cumplimiento y difusión interna del Reglamento, la disponibilidad de información en el momento y la forma en que la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero o el Banco Central de Bolivia así lo requieran, disposiciones sobre auditoría externa, seguridad de la información, infracciones específicas de las Cámaras de Compensación y Liquidación y el régimen de sanciones.

d) Sección 4: Disposiciones Transitorias, establece el proceso y plazo de adecuación que deben cumplir las Cámaras de Compensación y Liquidación que a la fecha de promulgación de la Ley Nº 393 de Servicios Financieros llevaban la denominación de Cámaras de Compensación como Empresas de Servicios Auxiliares Financieros con el propósito de obtener la Licencia de Funcionamiento como Cámara de Compensación y Liquidación constituida como Empresa de Servicios Financieros Complementarios.

4. El Anexo 2 "Requisitos para la Constitución de Cámaras de Compensación y Liquidación, antes Anexo 1 "Requisitos para la Constitución y Licencia de Funcionamiento", fue reestructurado y actualizado considerando las disposiciones establecidas en la LSF.

5. Se detallan a continuación los nuevos Anexos incorporados al Reglamento:

a) Anexo 1: Documentación de Antecedentes de los Accionistas Fundadores.

b) Anexo 3: Requisitos para la Obtención de la Licencia de Funcionamiento para una Cámara de Compensación y Liquidación.

c) Anexo 4: Autorización Individual.

d) Anexo 5: Currículum Vitae.

e) Anexo 6: Declaración Jurada de Patrimonio y de Ingresos de Personas Naturales.

f) Anexo 7: Declaración Jurada de Patrimonio y de Ingresos de Personas Jurídicas.

g) Anexo 8: Declaración Jurada de Operaciones.

h) Anexo 9: Nómina de Accionistas Fundadores.

Las modificaciones señaladas se incorporan en el Libro 1º, Título II, Capítulo III, de la Recopilación de Normas para Servicios Financieros.

Atentamente,

Lenny T. Valdivia Bautista
DIRECTORA EJECUTIVA a.i.
Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero

ENLACES RELACIONADOS

RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS

Resolución ASFI/805/2013 de 09/12/2013

RECOPILACION DE NORMAS PARA BANCOS Y ENTIDADES FINANCIERAS

Libro I - Título II (Empresas de Servicios Auxiliares Financieros)