Ley 357
17 de Abril, 2013
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:Artículo 1.
Declárase el 12 de abril Día de la Niña y del Niño en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Artículo 2.
El Estado es responsable de garantizar y velar por la igualdad y cumplimiento de los derechos fundamentales de la Niña y del Niño de acuerdo a lo estipulado en la Constitución Política del Estado, a través de los Órganos del Estado y demás instituciones públicas y privadas, en todos sus niveles y las entidades territoriales autónomas.
La sociedad en general debe dar cumplimiento a los derechos de las niñas y los niños, con el fin de crear conciencia social y la cultura del buen trato sobre las necesidades y cuidados específicos que requieran.
La sociedad en general debe dar cumplimiento a los derechos de las niñas y los niños, con el fin de crear conciencia social y la cultura del buen trato sobre las necesidades y cuidados específicos que requieran.
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