Resolucion Normativa de Directorio SIN 2013 10.0015.13
19 de Abril, 2013
Vigente
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POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano y las disposiciones precedentemente citadas,
RESUELVE:
Artículo 1.- (Aprobación).
Se aprueban los Formularios Versión 3 correspondientes al Impuesto al
Valor Agregado – IVA Formulario 200 e Impuesto a las Transacciones – IT Formulario 400, a ser utilizados
de manera obligatoria por los Contribuyentes del Régimen General.
Artículo 2.- (Alcance).
Los contribuyentes del Régimen General presentarán los nuevos formularios de
acuerdo a lo siguiente:
IMPUESTO | FORMULARIO | ALCANCE |
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) | 200 V.3 | Contribuyentes no Exportadores |
IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES (IT) | 400 V.3 | Todos los Contribuyentes Obligados |
Artículo 3.- (Declaraciones Juradas Originales y Rectificatorias).
Las Declaraciones Juradas
Originales o Rectificatorias que correspondan a periodos anteriores a la vigencia de los nuevos Formularios, deberán ser presentadas utilizando los Formularios del Impuesto al Valor Agregado - IVA
(200 V.3) y del Impuesto a las Transacciones – IT (400 V.3) aprobados por la presente Resolución
Normativa de Directorio.
Artículo 4.- (Vigencia).
La presente disposición entrará en vigencia a partir del 1 de julio de 2013.