Decreto Supremo 1525
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ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto complementar el Decreto Supremo Nº 0734, de 8 de diciembre de 2010 y modificar el Decreto Supremo Nº 1031, de 9 de noviembre de 2011.
ARTÍCULO 2.- (COMPLEMENTACIÓN).
Se incorpora un párrafo adicional la parte final del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 0734, de 8 de diciembre de 2010, con el siguiente texto:
"El pasaporte diplomático también podrá ser entregado a la Primera Dama del Estado o a las hijas o hijos del Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y a la esposa, hijas o hijos del Vicepresidente del Estado Plurinacional de Bolivia”. |
ARTÍCULO 3.- (MODIFICACIONES).
I. | Se modifica el Parágrafo IV y se incorpora el Parágrafo V en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 1031, de 9 de noviembre de 2011, con el siguiente texto:
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II. | Se modifican los incisos a) y b) del Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 1031, de 9 de noviembre de 2011, con el siguiente texto:
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