Decreto Supremo 29847
10 de Diciembre, 2008
Vigente
Versión original
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
ARTÍCULO 2.- (CREACIÓN).
ARTÍCULO 3.- (MISIÓN).
ARTÍCULO 4.- (FUNCIONES DEL SENAVEX).
El SENAVEX tendrá las siguientes funciones:
a) |
Dirigir, realizar y ejecutar procesos de registro de exportadores RUEX; |
b) |
Regular, normar y supervisar toda actividad relacionada a las exportaciones sea por entidades públicas o privadas; |
c) |
Administrar el Registro Único de Exportadores – RUEX; |
d) |
Emitir el Registro de Exportadores de Café-ICO; |
e) |
Prestar servicios de certificación; |
f) |
Verificar el cumplimiento de los requisitos y la documentación previa a la emisión de certificados de origen; |
g) |
Emitir certificados de origen de la mercancía de exportación de acuerdo a la región destino de la exportación; |
h) |
Gestionar y administrar los recursos económicos para el cumplimiento de sus objetivos; |
i) |
Proponer anualmente al Ministerio de Producción y Microempresa, un detalle de costos por los servicios a ser prestados para su aprobación mediante Resolución Ministerial; |
j) |
Prestar asesoramiento técnico jurídico a los exportadores en los trámites de exportación; |
k) |
Apoyar a PROMUEVE – BOLIVIA en la promoción de exportaciones y la participación en ferias internacionales; y |
l) |
Otras que le sean asignadas en el marco de su competencia. |
ARTÍCULO 5.- (NIVELES DE ORGANIZACIÓN).
a) | Nivel Ejecutivo, conformado por el Director General Ejecutivo, designado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Producción y Microempresa. |
b) | Nivel Operativo, dependiente del nivel ejecutivo. |
c) | Nivel Técnico, dependiente del nivel operativo. |
d) | Nivel de Asesoramiento y control, dependiente del Director General Ejecutivo. |
ARTÍCULO 6.- (REGISTRO ÚNICO DE EXPORTACIONES – RUEX).
ARTÍCULO 7.- (REQUISITOS MÍNIMOS).
a) | Constitución de la empresa |
b) | Representante legal |
c) | Número de Identificación Tributaria – NIT |
d) | Matrícula de comercio |
e) | Identificación de la actividad principal de exportación |
ARTÍCULO 8.- (FINANCIAMIENTO).
I. | El SENAVEX será autosostenible y financiará su funcionamiento con los siguientes recursos:
| ||||
II. | Los excedentes generados anualmente por el SENAVEX serán transferidos a PROMUEVE – BOLIVIA, previa aprobación de la Máxima Autoridad Ejecutiva. |
ARTÍCULO 9.- (COSTOS DE SERVICIOS).
ARTÍCULO 10.- (COMUNICACIÓN).
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.-
I. | A partir de la publicación del presente Decreto Supremo, se autoriza a la Cámara Nacional de Exportadores – CANEB emitir los Certificados de Origen por el lapso de cuarenta y cinco (45) días calendario, fecha a partir de la cual concluirán definitivamente sus actividades. |
II. | Los archivos de registro, la documentación y bases de datos de la emisión de Certificados de Origen de las mercancías de exportación y la emisión del Registro de Exportadores de Café-ICO, generados con anterioridad y durante el periodo de funciones encomendadas del ex SIVEX a la CANEB deben ser entregados de forma inmediata a la publicación del presente Decreto Supremo, sin costo alguno y con inventariación, al SENAVEX. |
III. | En caso de obstaculización en la entrega de los registros, certificados de origen, archivos de registro, documentación y bases de datos de emisión de Certificados de Origen de las mercancías de exportación, Registro de Exportadores de Café-ICO, y otros, durante la transición, los registros y certificados serán emitidos por SENAVEX. |
IV. | Durante la gestión 2009, el SENAVEX deberá depositar a la cuenta del Tesoro General de la Nación que el Ministerio de Hacienda habilite, todos los recursos generados por prestación de servicios. |
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.-
DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN ABROGATORIA Y DEROGATORIA ÚNICA.-
Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.-
“Servicio Nacional de Verificación de Exportaciones – SENAVEX”
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