Ley 278
10 de Septiembre, 2012
Vigente
Versión original
Estás viendo el "texto original" (no actualizado) de la norma. Para ver "textos ordenados" (actualizados con todas sus actualizaciones) puedes suscribirte a alguno de nuestros planes.
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:Artículo 1.
Se declara el 24 de agosto como el "Día del Químico Boliviano", con el objeto de reconocer el valioso aporte de los químicos bolivianos, quienes con su dedicada labor aportan al desarrollo de la investigación química en Bolivia.
Artículo 2.
Durante la celebración del "Día del Químico Boliviano", el Ministerio de Educación, las diferentes carreras de ciencias químicas de universidades públicas y privadas, la Sociedad Boliviana de Química y además instituciones vinculadas a la química podrán coordinar la realización de actividades de manera conjunta y/o separada en aras de la promoción y difusión de la investigación química.
Comentarios