TODOS LOS CÓDIGOS A TU ALCANCE

y siempre actualizados con sus últimos cambios

Suscríbete al Plan Códigos - Suspendido por $0.00 (USD) al año

Ver oferta

Decreto Supremo 26970

24 de Marzo, 2003

Vigente

Versión original

Estás viendo el "texto original" (no actualizado) de la norma. Para ver "textos ordenados" (actualizados con todas sus actualizaciones) puedes suscribirte a alguno de nuestros planes.

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:
ARTICULO UNICO.
I. De conformidad y en aplicación de los incisos c), e), g) y l) del Artículo 54 de la Ley N° 734 de 8 de abril de 1985, se aprueba el “Reglamento de Beneficios Colaterales de la Policía Nacional” en sus 2 Capítulos y 8 Artículos, que hacen a los beneficios colaterales que reciben los miembros de la Policía Nacional, tanto activos como pasivos, en aplicación de dicha Ley.

II. Para la gestión 2003, la Policía Nacional gestionará sus requerimientos de pago de estos Bonos y Subsidios en sujeción a las normas del “Reglamento de Beneficios Colaterales de la Policía Nacional”.