Ley 252
3 de Julio, 2012
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:Artículo 1.
Todas las Servidoras Públicas y Trabajadoras mayores de 18 años que desarrollan sus actividades con funciones permanentes o temporales en instituciones públicas, privadas o dependientes de cualquier tipo de empleador, gozarán de tolerancia remunerada de un día hábil al año a objeto de someterse a un examen médico de Papanicolaou y/o Mamografía.
Artículo 2.
Para justificar el goce de esta tolerancia, toda Servidora Pública o Trabajadora deberá presentar ante la institución o lugar donde desarrolla sus actividades laborales, la constancia que evidencie la realización del examen de Papanicolaou y/o Mamografía, emitido por el Ente Gestor dé Salud donde se encuentra asegurada o del Centro de Salud autorizado, y no así el resultado.
Artículo 3.
La fecha del día de tolerancia deberá ser establecida en coordinación entre la beneficiaría y el empleador.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social y el Ministerio de Salud y Deportes, en el plazo de noventa (90) días de publicada la presente Ley, reglamentarán su correspondiente aplicación.
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