Ley 239
8 de Mayo, 2012
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:Artículo Único.
El Órgano Ejecutivo del Nivel Central del Estado, a través de las instancias competentes, priorizará la generación y suministro de energía eléctrica en el Departamento de Pando, a través de proyectos a corto, mediano y largo plazo.
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