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Decreto Supremo 25513

17 de Septiembre, 1999

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HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:
ARTICULO 1.-
Se autoriza al Tesoro General de la Nación, dependiente del Ministerio de Hacienda, emitir bonos del tesoro en moneda nacional, moneda extranjera y moneda nacional con mantenimiento de valor, para cubrir necesidades de financiamiento en los siguientes casos:

a) Para financiar operaciones del Tesoro General de la Nación.

b) Para obligaciones de deuda pública.

c) Para el respaldo de créditos recibidos por instituciones públicas.

d) Para otras operaciones excepcionales, autorizadas por decreto supremo.
ARTICULO 2.-
Los montos de las emisiones de los bonos del tesoro deberán enmarcarse a los límites financieros establecidos en el presupuesto general de la nación, para cada gestión.
ARTICULO 3.-
Los bonos del tesoro podrán ser colocados en el mercado financiero, en forma directa y/o a través de los mecanismos de subasta pública.
ARTICULO 4.-
Las características de emisión de los bonos del tesoro deberán ser aprobadas, mediante resolución ministerial.
ARTICULO 5.-
Si la colocación a través de subasta pública se realiza mediante instituciones financieras especializadas en este tipo de operaciones, el Ministerio de Hacienda debe suscribir contratos en los que se especifique las condiciones de colocación.
ARTICULO 6.-
Se deroga las siguientes disposiciones legales:

a) Decreto supremo 23720 del 30 de enero de 1994

b) Decreto supremo 24627 del 21 de mayo de 1997

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