Ley 220
28 de Diciembre, 2011
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:Artículo Único.
De conformidad con el artículo 158, parágrafo I, atribución 14ª de la Constitución Política del Estado, se ratifica el “Convenio de reconocimiento Mutuo de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el Gobierno de la República de Cuba”, suscrito el 15 de octubre de 2009, en la ciudad de Cochabamba.
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