Decreto Supremo 26217
15 de Junio, 2001
Vigente
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HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:ARTICULO 1. (APROBACION).-
Apruébase el Reglamento del Servicio Social de Salud Rural Obligatorio, en sus 17 artículos, que modifica la modalidad del Servicio Social de Salud Rural Obligatorio, mismo que queda incorporado al internado Rotatorio de las carreras de Medicina, Odontología y Enfermería de todas las facultades de Ciencias de la Salud de la Universidades Públicas y Privadas del país.
ARTICULO 2.- (DISPOSICIONES TRANSITORIAS).-
El Ministerio de Salud y Previsión Social, mediante Resolución Ministerial emitirá la disposición pertinente para regularizar la situación de los egresados de la gestión 2000 y rezagados de otras gestiones.
ARTICULO 3.- (VIGENCIA DE NORMAS).-
| I. | Se abroga el Decreto Supremo Nº 25695 de 3 de marzo de 2000. |
| II. | Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo. |