Decreto Supremo 0981
14 de Septiembre, 2011
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:ARTÍCULO ÚNICO.-
I. | Se autoriza al Ministerio de la Presidencia la contratación directa de obras, bienes y servicios para los proyectos y programas ejecutados por la Unidad de Proyectos Especiales – UPRE. | ||||
II. | El procedimiento para la contratación establecida en el Parágrafo anterior, será aprobado mediante Resolución Ministerial expresa del Ministerio de la Presidencia. | ||||
III. | El Ministerio de la Presidencia, una vez realizadas las contrataciones directas deberá:
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