Ley 138
14 de Junio, 2011
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:Articulo 1.
Declárase Patrimonio Histórico Cultural e Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia a la expresión artística cultural viva "Saya Afroboliviana", perteneciente al Pueblo Afroboliviano.
Artículo 2.
Reconocer a la Región de los Yungas del Departamento de La Paz, como cuna y lugar de origen de la Danza “Saya Afroboliviana", perteneciente al Pueblo Afroboliviano.
Artículo 3.
El Ministerio de Culturas queda encargado del registro, catalogación y emisión del certificado de Patrimonio Cultural e Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia a la expresión artística cultural viva "Saya Afroboliviana”.
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