Decreto Supremo 0861
1 de Mayo, 2011
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:ARTÍCULO 1.-
El Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, en observancia
de los principios, valores y fines establecidos en la Constitución Política del Estado,
determina la eliminación completa de toda disposición o consideración legal fundamentada
en el Decreto Supremo N° 21060, de 29 de agosto de 1985, aún presente en leyes aprobadas
por el antiguo Congreso neoliberal, de acuerdo al procedimiento establecido en el siguiente
Artículo.
ARTÍCULO 2.-
I. | Se dispone la conformación de una comisión de alto nivel, entre el Órgano Ejecutivo y la Central Obrera Boliviana – COB, más otras organizaciones representativas de la sociedad civil, según corresponda al área temática a tratarse,
con el objeto de efectuar la revisión de las leyes que aún respondan a los conceptos y el espíritu del Decreto Supremo N° 21060, y proponer las modificaciones, derogaciones, abrogaciones y redacciones que se requieran para enmarcarlas en los preceptos constitucionales; entre ellas, la Ley de Inversiones, Ley de Exportaciones, Ley Forestal, Código de Minería, Ley de Bancos y
Entidades Financieras, así como otras leyes que resultaren de dicha revisión. |
II. | En representación del Órgano Ejecutivo participaran los Ministerios de la Presidencia, de Planificación del Desarrollo, de Economía y Finanzas Públicas, de Desarrollo Productivo y Economía Plural, y de Trabajo, Empleo y Previsión Social. Según el área temática, podrán incorporarse a la comisión otros Ministerios o entidades públicas. |