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Decreto Supremo 0861

1 de Mayo, 2011

Vigente

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:
ARTÍCULO 1.-
El Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, en observancia de los principios, valores y fines establecidos en la Constitución Política del Estado, determina la eliminación completa de toda disposición o consideración legal fundamentada en el Decreto Supremo N° 21060, de 29 de agosto de 1985, aún presente en leyes aprobadas por el antiguo Congreso neoliberal, de acuerdo al procedimiento establecido en el siguiente Artículo.
ARTÍCULO 2.-
I. Se dispone la conformación de una comisión de alto nivel, entre el Órgano Ejecutivo y la Central Obrera Boliviana – COB, más otras organizaciones representativas de la sociedad civil, según corresponda al área temática a tratarse, con el objeto de efectuar la revisión de las leyes que aún respondan a los conceptos y el espíritu del Decreto Supremo N° 21060, y proponer las modificaciones, derogaciones, abrogaciones y redacciones que se requieran para enmarcarlas en los preceptos constitucionales; entre ellas, la Ley de Inversiones, Ley de Exportaciones, Ley Forestal, Código de Minería, Ley de Bancos y Entidades Financieras, así como otras leyes que resultaren de dicha revisión.

II. En representación del Órgano Ejecutivo participaran los Ministerios de la Presidencia, de Planificación del Desarrollo, de Economía y Finanzas Públicas, de Desarrollo Productivo y Economía Plural, y de Trabajo, Empleo y Previsión Social. Según el área temática, podrán incorporarse a la comisión otros Ministerios o entidades públicas.