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Ley 094

17 de Marzo, 2011

Vigente

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:


Artículo 1.
De conformidad con el Artículo 158, parágrafo I, atribución 14a, de la Constitución Política del Estado, se ratifica el "Acuerdo entre la República de Bolivia y la República del Paraguay para la creación de un Comité de Frontera", suscrito en la ciudad de La Paz, el 19 de marzo de 2009.
Artículo 2.
El Órgano Ejecutivo a través de una Declaración Interpretativa, deberá comunicar al Gobierno de la República del Paraguay que la denominación de "República de Bolivia", deberá entenderse como "Estado Plurinacional de Bolivia", de conformidad con la Constitución Política del Estado, promulgada el 7 de febrero de 2009.

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