Ley 1430
11 de Febrero, 1993
Vigente
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JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:Artículo Primero.-
De conformidad con el Artículo 59, atribución 12a., de la
Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica la Convención Americana sobre Derechos Humanos, “Pacto de San José de Costa Rica”, suscrita en San José, Costa Rica”, el 22 de noviembre de 1969.
Artículo Segundo.-
Reconocer la competencia de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, conforme a lo establecido en el Artículo 45 de la Convención.
Artículo Tercero.-
Reconocer como obligatoria de pleno derecho, incondicionalmente
y por plazo indefinido, la jurisdicción y competencia de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, conforme al Artículo 62 de la Convención.