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Decreto Supremo 26624

14 de Mayo, 2002

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JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:
ARTICULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene la finalidad de reglamentar y ordenar el registro de nombres de dominio Internet en el país.
ARTICULO 2.- (REGISTRO DE DOMINIOS INTERNET).
Se aprueba la creación oficial del Registrador de Dominios Internet en Bolivia, bajo la responsabilidad de la Red Boliviana de Comunicación de Datos – BolNet, entidad dependiente de la Vicepresidencia de la República.
ARTICULO 3.- (VIGENCIA DE REGLAMENTACION).
ARTICULO 4.- (REGISTRO DE DOMINIO GUBERNAMENTAL).
Se dispone que todas las redes, sistemas, paginas web y portales gubernamentales deben registrarse bajo el dominio “gov.bo” que significa área gubernamental en el dominio Bolivia, como base del ordenamiento general de dominios en Bolivia.