Resolucion Normativa de Directorio SIN 2011 10.0001.11
12 de Enero, 2011
Vigente
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POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001 y en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a. del numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002,
RESUELVE:
Artículo Único.-
Los contribuyentes cuyo NIT está contenido en el anexo de la presente Resolución, quienes originalmente formaban
parte del universo de contribuyentes detallado en el anexo de la Resolución Normativa de Directorio N° 10-0023-10, quedan excluidos de
la obligación de presentar sus declaraciones juradas, boletas de pago, realizar solicitudes de dosificación de facturas a través del Portal
Tributario Newton y envío del Libro de Compras y Venta Da Vinci, vía Oficina Virtual; debiendo continuar cumpliendo con la presentación de
sus declaraciones juradas y boletas de pago a través de formularios preimpresos ante entidades financieras autorizadas a nivel nacional o en
la red de Colecturías habilitadas, si corresponde; así como el cumplimiento de otras obligaciones tributarias.
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Roberto Ugarte Quispaya
PRESIDENTE EJECUTIVO a.i.
SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES
ANEXO |