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Decreto Supremo 0742

22 de Diciembre, 2010

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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer la entidad encargada del proceso de liquidación de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana – ENTB y las previsiones de orden legal, económico, financiero y administrativo para llevar a cabo el mismo.
ARTÍCULO 2.- (PROCESO DE LIQUIDACIÓN).
I. Se dispone que a partir del 1 de enero de 2011, el Ministerio de la Presidencia asumirá el proceso de liquidación de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana – ENTB.

II. El Ministerio de la Presidencia asumirá la representación legal suficiente para concluir el proceso liquidatorio.
ARTÍCULO 3.- (PREVISIONES).
Para efecto del proceso de liquidación de ENTB, se tomarán las siguientes previsiones:

a) ENTB en Liquidación presentará al Ministerio de la Presidencia el cierre de los estados financieros de la Liquidación de ENTB al 31 de diciembre de 2010.

b) ENTB en Liquidación entregara al Ministerio de la Presidencia toda la documentación técnica, financiera, legal y de orden histórico de ENTB y ENTB en Liquidación, debiendo para el efecto conformar la comisión de entrega y recepción respectivas.

c) Los activos remanentes de ENTB, al 31 de diciembre de 2010, incluidos proyectos, convenios y contratos, serán transferidos por el Ministerio de la Presidencia a la Empresa Estatal de Televisión denominada “BOLIVIA TV”, conforme detalle de los estados financieros de ENTB en Liquidación.

d) Los pasivos remanentes de ENTB al 31 de diciembre de 2010, detallados en los estados financieros de ENTB en Liquidación, serán asumidos por el Ministerio de la Presidencia, conforme a la disponibilidad de recursos emergentes del proceso liquidatorio.

e) Los procesos administrativos, judiciales y arbitrales, seguidos por o en contra de ENTB o ENTB en liquidación serán asumidos por el Ministerio de la Presidencia.

f) El Ministerio de la Presidencia coordinará con el Ministerio de Culturas y otras entidades públicas o privadas, la recuperación del patrimonio cultural institucional de propiedad y producidos por ENTB, consistente en archivos fílmicos y videográficos.

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