Decreto Supremo 15842
26 de Septiembre, 1978
Vigente
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GRAL. JUAN PEREDA ASBUN
Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1º.-
Créase el Formulario Unico de Accidente de Trabajo, para ser
utilizado en forma obligatoria y a nivel nacional en la denuncia de los accidentes de trabajo.
Artículo 2º.-
Todas las empresas públicas y privadas, que efectúen denuncias
de accidentes laborales de conformidad con lo dispuesto por el Art. 85 de la Ley General del Trabajo, Art. 85 de su Decreto Reglamentario y Art. 30 del Código de Seguridad Social en vigencia, están en la obligación de efectuarla ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo
Laboral y las Cajas de Seguridad Social, correspondientes utilizando al efecto el Formulario Unico de Denuncia de Accidentes de Trabajo.
Artículo 3º.-
Las infracciones a las disposiciones del presente Decreto, se
harán pasibles a sanciones previstas en la legislación social vigente.
Artículo 4º.-
Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente
Decreto Supremo.