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Decreto Supremo 27417

26 de Marzo, 2004

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CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:
Artículo 1.- (OBJETO).
El objeto del presente Decreto Supremo es complementar el Decreto Supremo 27384 de 20 de febrero de 2004, Reglamentario a la Ley de Reestructuración Voluntaria y, modificar el Decreto Supremo 27385 de 20 de febrero de 2004 que crea el Fondo de Fortalecimiento de Empresas.
Artículo 2.- (COMPLEMENTACION).
Se complementa el Artículo 36 (Efectos del Acuerdo de Transacción) del Decreto Supremo 27384 de 20 de febrero de 2004, Reglamentario a la Ley de Reestructuración Voluntaria, con el siguiente parágrafo:

"III. En observancia al Artículo 354 del Código Civil, si las partes convienen en mantener los privilegios y garantías reales de los créditos anteriores, así como sus registros e inscripciones, deberán hacerlo constar de manera expresa en el Acuerdo de Transacción."
Artículo 3.- (MODIFICACION).
Se modifica el Parágrafo I del Artículo 4 (Origen de los Recursos del Fondo) del Decreto Supremo 27385 de 20 de febrero de 2004, de creación del Fondo de Fortalecimiento de Empresas, de la siguiente manera:

"I. Los recursos financieros para la constitución del Fideicomiso provienen, inicialmente, de financiamiento externo, por un monto de $us. 72.999.999.- (SETENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE 00/100 DOLARES AMERICANOS)."
Artículo 4.- (VIGENCIA DE NORMAS).
Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.