Código Civil
Decreto Ley 12760
6 de Agosto, 1975
Vigente
Versión original
El Código Civil aprobado por esta norma, fue elevado a rango de Ley por Ley 1071 de 18/06/2018
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
Presidente de la República
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.-
ARTICULO SEGUNDO.-
ARTICULO TERCERO.-
El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior, Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cinco años.
(FDO.) GRAL HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano; Juan Pereda Asbún; René Bernal Escalante; Juan Lechín Suárez; Víctor Castillo Suárez; Waldo Bernal Pereira; Julio Trigo Ramirez; Victor Gonzales Fuentes; Mario Vargas Salinas; José Antonio Zelaya Salinas; Alberto Natusch Busch; Guillermo Jiménez Gallo; Jorge Torres Navarro; Walter Núñez Rivero.
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