Decreto Supremo 29444
16 de Febrero, 2008
Vigente
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EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
EN CONSEJO DE MINISTROS,
ARTICULO ÚNICO.-
El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Parágrafo II del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 29434 de 30 de enero de 2008, de la siguiente manera:
"II. | Los recursos asignados en virtud del Parágrafo precedente, a favor de YPFB, deberán ser destinados por la Empresa Estatal a todas las inversiones necesarias para dar cumplimiento al mandato del Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 28701 de Nacionalización de los Hidrocarburos, así como para la industrialización del gas natural" |