Ley 1871
15 de Junio, 1998
Vigente
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HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:ARTICULO UNICO.-
De conformidad al Articulo 59, Atribución 12a de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio Nº 156 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativo a la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares, adoptado el 23 de junio de 1981.