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Decreto Supremo 10584

15 de Noviembre, 1972

Vigente

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CNL. DAEM. HUGO BAZER SUAREZ
Presidente de la República

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTICULO 1º.-
Todas las personas que al presente se encuentran desocupadas, deberán inscribirse en el Departamento de Mano de Obra del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sindicales, haciendo conocer su especialidad o su ocupación anterior, cuando hubiesen tenido actividad laboral antes de su cesantía.
ARTICULO 2º.-
El Departamento de Mano de Obra, calificará y programará la colocación de las personas inscritas de acuerdo a los requerimientos ocupacionales o cuando se presente casos de emergencia.