ARTÍCULO 2.

Ley 1304

21 de Junio, 2020

Vigente

Modifica el Artículo 2 de la Ley 1297 de 30/04/2020 (Ley Postergación de las Elecciones Generales 2020)


ARTÍCULO 2.

El Tribunal Supremo Electoral, en un plazo no mayor a dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la presente Ley en la Gaceta Oficial de Bolivia, aprobará los ajustes al Calendario Electoral para las Elecciones Generales 2020 y definirá la fecha para la realización de la jornada respectiva de votación. 

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