Artículo 16. (Certificaciones a través de la Oficina Virtual).-

Certificación y legalización de documentos ante el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN 2019 101900000011)

27 de Junio, 2019

Vigente

Establece los requisitos y el procedimiento administrativo para la extensión de Certificaciones con efectos tributarios al interior o exterior del país, y la atención de solicitudes de legalización de documentos emitidos por el Servicio de Impuestos Nacionales. Abroga la RND 10.0040.05 de 25/11/2005 (Establece procedimientos para la obtención de certificaciones con efectos tributarios Y copia legalizada de documentos en poder del SIN); RND 10.0021.10 de 08/10/2010 (Procedimiento de Certificacion de declaraciones juradas, obtencion de extracto tributario y confirmacion de certificacion por terceros via Oficina Virtual) y RND 101700000029 de 29/12/2017 (Procedimiento para Emitir Certificados de Residencia Fiscal, Domicilio Fiscal y de Situación Tributaria).


Artículo 16. (Certificaciones a través de la Oficina Virtual).-

Las personas naturales, jurídicas y sucesiones indivisas, podrán obtener la certificación de Declaraciones Juradas, extractos tributarios, inscripción al Padrón Nacional de Contribuyentes o la certificación de no contar con registro en éste (personas naturales); estado del NIT, saldos a favor del Dependiente RC IVA, uso de saldos a favor del Dependiente RC IVA u otros que tendrán carácter de certificación.